Hola, soy María López, tengo 17 años y me asignaron el siguiente horario: 18:00h a 22:00h y de 23:00h a 3:00h ¿Quería saber si es correcta la actitud de la empresa?
SOLUCIÓN:
No, no es correcta. Parte de su horario ( 4 horas) se desarrolla en la franja de trabajo nocturno y los menores de 18 años no pueden llevar a cabo trabajos nocturnos.
Nota: Para la solución de este supuesto se ha tenido en cuenta el artículo 6 "Trabajo de los menores", el artículo 34 "Jornada" y el artículo 36 "Trabajo nocturno"que los podéis encontrar en el siguiente enlace
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